CAMBIO UNPRGPlan 2026–2031
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Capítulo 05

IV. Eje 1: Bienestar, dignificación y vida docente

Bienestar, reconocimiento, formación y espacios dignos para quienes sostienen la enseñanza universitaria.

Bienestar docente
Formación permanenteFormación permanente
Comunidad académicaComunidad académica
Acompañamiento integralAcompañamiento integral

Propuesta: Centro de bienestar, productividad académica y vida docente

Uno de los problemas de los docentes es no contar con espacios adecuados, ni las condiciones necesarias para el desarrollo de labores no lectivas que puedan desarrollarse dentro de la universidad, tampoco existe un espacio de socialización que permite el desarrollo de vínculos académicos y sociales entre docentes, docentes y estudiantes, docentes cesantes, personal administrativo dentro de la universidad; se considera una premisa básica que el docente no sea obligado a ir a la universidad sino que quiera y disfrute ir a la misma.

Por tal razón, se plantea crear el centro de bienestar, productividad académica y vida docente de la UNPRG, el cual es un espacio institucional de alto nivel dentro del campus universitario, destinado al descanso, trabajo académico, socialización, ocio saludable, integración, producción intelectual y bienestar del docente universitario.

El docente no debe venir a la universidad solo a cumplir obligaciones; debe encontrar en ella un lugar digno para trabajar, descansar, crear y pertenecer.

Ambientes propuestos

En términos operativos, esta línea de acción comprende Lounge docente; salas de descanso; cafetería y comedor o bistró docente; salas de trabajo académico individual; salas de reuniones y coworking académico; sala de lectura docente; sala de innovación pedagógica y producción digital; terrazas, jardines y áreas de relajación; espacios de ocio saludable; servicios higiénicos modernos, vestidores y lockers; y sala cultural o multiusos.

Servicios propuestos

Los servicios en esta línea de acción comprende: a) descanso docente y pausas activas, b)cafetería, alimentación y socialización, c)trabajo académico y reuniones docentes;, d)producción de materiales educativos, e)actividades culturales y tertulias académicas, f)programas de salud, manejo del estrés y bienestar laboral; y g)presentaciones de libros, encuentros interfacultativos y reconocimiento docente.

Fase de implementación: En un inicio se implementará con una etapa piloto en un ambiente existente, antes de proyectar una edificación nueva.

Centro de Formación Docente

El docente no debe actualizarse por su cuenta y a su propio costo: la universidad forma a quien la forma.
Se creará el Centro de Formación Docente UNPRG, el cual se hace responsable de la actualización pedagógica y disciplinar permanente del colectivo docente.

Este centro no requiere una nueva estructura orgánica, sus programas serán diseñadas y certificados por el Centro de Formación Continua y Certificación Profesional (Eje 2), que ya está previsto para ofrecer diplomados, cursos y microcredenciales, evitando duplicar capacidad instalada.

Se ofertará programas de didáctica universitaria y metodologías activas de enseñanza; evaluación por competencias, alineada al diseño curricular por competencias ya mapeado en los sistemas de gestión académica de la universidad; inducción y acompañamiento para docentes nuevos; y formación pedagógica en el uso de inteligencia artificial aplicada a la docencia, coordinada con el Programa Institucional de Inteligencia Artificial del Eje 7 para no duplicar esfuerzos.

Las microcredenciales de este centro de formación se articulan con el sistema de evaluación del desempeño docente (SEDD),de modo que la formación continua alimente directamente los criterios de evaluación y productividad ya previstos en el Eje 3, en lugar de quedar como una capacitación desconectada de la carrera docente.

Indicadores mínimos: docentes certificados por programa, cursos y microcredenciales ofrecidos, docentes nuevos con inducción completada, y correlación entre formación recibida y resultados del SEDD.

Tarjeta UNPRG CARD para docentes

Los mismos convenios que la universidad negocia para sus estudiantes no deberían detenerse en la puerta del aula del docente.
La denominada UNPRG CARD, creada en el Eje 10 para la comunidad estudiantil, se extenderá a los docentes nombrados y contratados de la UNPRG.
Esta tarjeta permitirá obtener diferentes descuentos en servicios y productos en distintas empresas con las cuales previamente la universidad haya firmado convenios institucionales.
Los convenios pueden incluir servicios de transporte, alimentación, conectividad, salud, cultura y tecnología que serán negociados por la universidad sin costo de gestión adicional relevante.

Entre los beneficios incorporados también deben estar inmersos categorías de interés específicos para la vida académica docente: convenios preferenciales con librerías académicas y editoriales, plataformas de revistas científicas y software de gestión bibliográfica, y descuentos en los programas del propio Centro de Formación Docente para quien se matricule con su tarjeta.

Indicadores mínimos: docentes usuarios, convenios activos por categoría, ahorro estimado y nivel de satisfacción, reportados de forma diferenciada respecto del padrón estudiantil.

Recuperación y fortalecimiento de beneficios docentes perdidos

Los docentes de la UNPRG han experimentado una reducción gradual de beneficios que anteriormente formaban parra de la política institucional, entre ellas el sistema de becas para cursar estudios de posgrado, así como las exoneraciones o descuentos aplicables a determinados servicios destinados a sus familiares directos y a los de los trabajadores universitarios.

Esta pérdida no necesariamente responde a un cambio normativo explicito sino más bien se debe a una práctica que a criterios personales, de ciertas funcionarios o asesores, simplemente dejó de aplicarse, sin que se derogara formalmente ni se comunicara con claridad a la comunidad universitaria.

Lo que la universidad dejó de dar sin explicarlo, la universidad debe estar dispuesta a restituir con reglas claras.

Sistema de becas y semibecas docentes en la Escuela de Posgrado

Se propone restablecer un sistema formal de becas y semibecas para docentes ordinarios de la UNPRG que cursen maestrías, doctorados o segundas especialidades en la propia Escuela de Posgrado, con las siguientes características:

En primer lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: Categorías de cobertura: beca completa (exoneración total de la tasa de enseñanza), semibeca (50% de descuento) y descuento parcial (25%), asignadas según antigüedad, categoría docente, dedicación y disponibilidad presupuestal del ejercicio.

En segundo lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: Cupos anuales limitados y concursables por facultad, con criterios objetivos: años de servicio, ausencia de posgrado previo en la misma mención, compromiso de permanencia y producción académica posterior a la beca (al menos un artículo, ponencia o proyecto derivado de la tesis).

En tercer lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: priorización de programas vinculados con las brechas de formación avanzada identificadas en las catorce facultades, los objetivos estratégicos institucionales y las líneas prioritarias de investigación, mediante criterios públicos, equitativos y verificables.

La medida incorpora el siguiente criterio: Transparencia: publicación anual de becarios, programas, montos exonerados y compromisos de devolución en caso de incumplimiento (por ejemplo, abandono injustificado del programa).

Nota de viabilidad: toda beca o semibeca implica un menor ingreso para la Escuela de Posgrado, que es una unidad que también se sostiene con recursos directamente recaudados. Por eso el número de cupos debe fijarse como porcentaje del total de vacantes de cada programa (se sugiere un rango inicial de 5% a 10% de becas o semibecas por cohorte, a validar con la dirección de la Escuela de Posgrado y la Oficina de Planificación y Presupuesto) y no como una promesa abierta de cobertura ilimitada.

Exoneración y descuento para familiares directos

Se propone reglamentar nuevamente un beneficio de descuento en el pago de enseñanza y otros(en diversas tasas que rigen en la UNPRG) para hijos e hijas, y cónyuge o conviviente reconocido, de docentes y trabajadores administrativos nombrados y contratados de la UNPRG, aplicable a estudios de programas especiales pregrado en la propia universidad:

En primer lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: Descuento porcentual sobre las tasas educativas vigentes (a definir su magnitud exacta junto con la Oficina de Planificación y Presupuesto, dado que reduce recursos directamente recaudados de la propia universidad).

En segundo lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: Aplicable a un solo familiar directo por núcleo docente o trabajador en simultáneo, salvo ampliación expresamente aprobada por Consejo Universitario.

En tercer lugar, la medida incorpora el siguiente criterio: Condicionado al cumplimiento de los requisitos académicos regulares (rendimiento mínimo, no repitencia excesiva) para evitar que el beneficio se perciba como un subsidio desvinculado del desempeño académico del beneficiario.

Asimismo, la medida incorpora el siguiente criterio: Registro único de beneficiarios administrado por la Dirección de Recursos Humanos, en coordinación con la Oficina de Admisión y la Oficina de Bienestar Universitario, para evitar duplicidad o uso indebido.

Nota normativa: este beneficio no proviene directamente de la Ley Universitaria N.° 30220, sino que corresponde a un instrumento de gestión interna (reglamento de bienestar universitario) que la propia UNPRG puede aprobar en el marco de su autonomía normativa y económica (Art. 8 de la Ley N.° 30220). Por eso su recuperación requiere aprobación expresa de Consejo Universitario y una memoria de cálculo de impacto presupuestal, no una simple disposición administrativa.

Modelo de subsidio cruzado condicionado

Para que estos beneficios no se lean como un gasto social discrecional sino como una inversión institucional con retorno verificable, se resume aquí el mecanismo de condicionamiento de cada uno, pensado para resistir una revisión del Órgano de Control Institucional (OCI):

Beneficio docente propuestoFundamento normativo (Ley N.° 30220)Mecanismo de condicionamiento y retorno institucional
Becas y semibecas en la Escuela de PosgradoArt. 8.5 (autonomía económica y de recursos directamente recaudados)Condicionadas a un compromiso de producción académica pertinente a la disciplina: artículo sometido o aceptado, libro o capítulo arbitrado, patente, desarrollo tecnológico, informe técnico, material educativo validado o proyecto de intervención, siempre con filiación UNPRG.
Exoneración de pagos para familiares directosArt. 8.4 y 8.5 (autonomía administrativa y económica)Tope porcentual definido sobre los ingresos proyectados y continuidad condicionada al avance académico regular, rendimiento mínimo, situación socioeconómica y ausencia de sanciones, evitando que el tercio superior sea el único criterio.
Atención preventiva en el Centro de Bienestar DocenteArt. 88 (derechos del docente)Las Facultades de Medicina Humana, Enfermería y las especialidades de Psicología asumen la atención preventiva (tamizaje de salud física, manejo del estrés, ergonomía postural) como horas de proyección social o prácticas preprofesionales supervisadas, sin costo adicional de contratación externa.

Bajo este modelo, el Centro de Bienestar Docente (Eje 1) deja de ser solo un espacio de descanso y socialización, y se convierte también en un nodo de salud ocupacional y ergonomía académica, sostenido con recursos ya existentes en la propia universidad: la capacidad formativa de sus propias facultades de ciencias de la salud y fachse